Las pymes y los autónomos no tendrán que facturar de forma electrónica hasta 2025

Además del retraso de la facturación electrónica, también se aplaza la exigencia de remitir la información al fisco de manera inmediata.

La nueva obligación para pequeñas y medianas empresas sobre las facturas electrónicas no se instaurará de manera obligatoria hasta dentro de dos años. El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha retrasado esta forma de facturación concretamente hasta junio del año 2025, una normativa que emana de la Ley Crece y Crece, aprobada en septiembre del año 2022. 

Obligación para pymes y autónomos de la facturación electrónica a partir de 2025.
Las pymes y autónomos tendrán que realizar sus facturas electrónicamente a partir de 2025. Fuente: (@AnsaFoto) – Edicionsupc.es

El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital emitió públicamente el pasado mes de junio el Proyecto de Real Decreto para desarrollar la ordenanza de la facturación electrónica. Sin embargo, esta regulación fiscal se retrasará un año más de lo esperado, ya que la redacción del texto todavía no se ha completado y, por lo tanto, no se ha podido enviar al Consejo de Estado. 

Este retraso en el procedimiento del nuevo reglamento que atañe a las pymes y autónomos ha motivado un aplazamiento en la aplicación de la normativa de la siguiente forma: las empresas y profesionales que facturen más de 8 millones de euros al año tendrán que digitalizar sus facturas en el plazo de un año, mientras que que los que facturen menos de esta cantidad tendrán que hacerlo en dos años.

Este atraso permitirá al Ministerio de Trabajo a tener tiempo para atender una de las principales de las demandas de los pequeños y medianos empresarios. En este sentido, el Ejecutivo, a través de la Agencia Tributaria, diseñará una plataforma para que empresas y profesionales puedan emitir sus facturas a coste cero, sin necesidad de que tuvieran que adquirir y descargar un programa informático para realizar sus facturas.

Principal finalidad: evitar evasiones fiscales

La nueva obligación de facturación digital no viene sola. La Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, más conocida como la Ley Antifraude obliga a las empresas que facturen menos de 6 millones de euros a suministrar su facturación a la Agencia Tributaria de forma inmediata para que en el caso de que haya un error, la propia institución que emana de Hacienda detecte el fallo al instante y así la empresa o el profesional no incurra en ningún fallo por el que pueda ser perjudicado en el análisis de la declaración de la renta anual. Dicho reglamento tiene como objetivo impedir la evasión fiscal. 

Obligación de la facturación electrónica para pymes y autónomos a partir de 2025.
La Agencia Tributaria velará por la facturación electrónica a partir de 2025. Fuente: AnsaFoto – Edicionuspc.es

No obstante, los autónomos o personas que sean los dueños de pequeñas y medianas empresas podrán delegar en sus asesorías todas estas obligaciones fiscales para realizarlo de forma completa, sin que ninguna actividad se quede sin facturar electrónicamente. En efecto, las gestorías deben tener instaladas obligatoriamente todas estas herramientas para pymes y profesionales en solitario a partir de mediados de junio de 2025. 

Por último, diversos asesores económicos recomiendan que empresarios y autónomos comiencen a aplicar la facturación electrónica de todas sus actividades laborales a partir del año 2024 para que en el momento que sea más obligatorio no les sea tan costoso a las personas que no estén tan especializados en la materia informática.

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